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Peña Nepal

Los Cerdos de 13 Kilos.

9 comentarios

Andrés -

Según el Artículo nº 67432 del Estatuto Peña Nepal, dice claramento que hay que hacer el "gochu" dentro del mes de Mayo. Asi que Señores a los que no les dejan salir tan asiduamente a cenar con la peña... pedir en secretaría la baja de la Peña.
Se viene la Bolera!!

Jose Luis -

¡Querido amigo Nacho!, no será por ganas, ¡caguenrosss!, pero la "hiperactividad nepalí" de esta semana, unido a la imposibilidad de eludir mis obligaciones paternales, me han hecho imposible inscribirme en el campeonato. ¡De buena te libraste!

luis -

Sres. Sandín y Cuesta. Tengo a bien comunicarles la apertura de expediente disciplinario por infracción sistemática y reiterada de los EStatutos. A Nacho, por vulneración del artícul 12 que, en definitiva, viene en penar la iniciativa privada apartándose del conducto reglamentario, lo que vulgarmente se llama vía de hecho. En relación al Sr. Cuesta por mostrar, de forma impúdica y libidinosa, la tonsura que le adorna la cocorota y que dejó extasiado al mismísimo Cicerón Cortina.

Jose Luis -

¿qué le pasa a mi coronilla, caguenrosss?, bien morena y guapetona que la tengo. Sergio, preocupate mas de esa imagen del famoso discuros "15 minutos hablando y no decir nada", en verdad se te ve poseido por el alcohol, com muy bien dijo Rodri.

Nacho -

tengo que aclarar que todas las fotos están protegidas por el copirrai de Su Señoría y del Sr. Carlomaño

GÜELI -

Veo que las fotos de Sandin son de la fase final de la cena en la que los ojos estan rojos y las lenguas sueltas.
Como le haces esa foto a Jose Luis??????....porque esa coronilla es la de J.L. verdad?????.

Jose Luis -

Veo, Luis, que tienes todavía clavada la espinita de tu ultima expulsion, e intentas , tomarte la justicia por tu cuenta, ¡que raro! , deberias leer el articulo 20: "aquel miembro del foro que ha sido expulsado una vez, no tiene potestad, casi ni de gurgutar". ¡léete bien el estatuto!!!!!

Nacho -

Veo que se ha especializado usted en lo juicios express por conducto sumarísimo.
El artículo 15 ha sido modificado por la Ley de Presupuestos, concretamente en la Disposicón Adicional trigesimotercera, al regular las tasas por la observación de gluteos.

LUIS -

Buenos días a todos los foreros. Ya estaba tardando la creación de éste blog ..... me parece una idea fantástica si no fuera por que se ha saltado su autor el conducto reglamentario;léase, Sr. Sandín, el artículo 15 de los EStatutos de la Peña ( Acta Fundacional Sidreria Trabanco). Sepa usted que está apartado del equipo....